reclamar una herencia en la República Dominicana

¿Cómo reclamar una herencia en República Dominicana?

  • Por:Vianela Morillo
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El proceso para reclamar una herencia en la República Dominicana, está regulado por el artículo 718 y siguientes del Código Civil Dominicano.

Por lo general en la República Dominicana las personas fallecen sin dejar testamento, por lo que es bueno dejar claro que no es necesario figurar en un testamento para poder tener derecho a heredar.

También es importante dejar claro que la ley establece un orden de prioridad para poder heredar, estableciendo que los primeros con el derecho a heredar son:

  • Los descendientes.
  • El padre y la madre, ademas de los hermanos del fallecido.
  • Los hermanos/as y los descendientes, si no están el padre y la madre del fallecido.
  • Los ascendientes que no sean el padre o la madre, y los colaterales que no sean los hermanos del fallecido.

Los derechos de los hijos sobre los bienes de sus padres.

De acuerdo al artículo 14 de la Ley 14-94, también llamada del Código del Menor, todos los hijos e hijas, ya sean nacidos de una relación consensual, de un matrimonio o de una adopción, gozaran de iguales derechos y calidades, incluyendo los relativo al orden sucesoral.

De manera que como puede leerse todos los hijos tienen los mismos derechos y todos deben de ser tratados como si fueran hijos legítimos.

Pero esto no siempre fue así, pues antes de la promulgación del Código del Menor (Ley 14-94), los derechos sucesorales de un hijo “natural”, y un hijo “legitimo”, no eran iguales, pues al natural le correspondía tan solo la mitad de lo que le correspondía al legítimo.

¿Pueden los hijos reclamar su herencia en vida mientras aun sus padres o familiares viven?

No, los hijos o personas con derecho sobre una herenca, solo pueden reclamar sus derechos sobre la herencia de sus padres, o de un familiar tras la muerte de estos, pues es cuando inicia el trámite de la sucesión.

¿Cuáles son los derechos de la viuda y los hijos en caso del fallecimiento del padre y esposo?

En base a las leyes de República Dominicana, siempre y cuando entre los conyugues exista un regimen de comunidad de bienes, a los cónyuges les pertenece el 50% de todos los bienes a partir y el resto le corresponde a todos los herederos en partes iguales.

¿Cúal es el procedimiento para reclamar una herencia en República Dominicana?

Cuando una persona muere hay un plazo de 90 días para declarar el fallecimiento y liquidar los impuestos a pagar por ante la DGII, brevemente detallo los pasos a seguir para reclamar una herencia en República Dominicana:

– Después de la muerte de la persona de la cual se heredará (de cujus), lo primero que se debe de realizar es levantar un acto notarial de Determinación de Herederos, el cual debe detallar a todos los beneficiados y bienes que serán objeto de la sucesión, para esto se debe de contratar un abogado.

– Luego se debe de realizar una declaración sucesoral en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para esto se debe de tener un inventario de los bienes muebles o inmuebles, o sea, dinero en bancos, terrenos y propiedades inmobiliarias, vehículos de motor, inversions, entre otros.

– Luego de esta declaración se pagan los impuestos sucesorales, los cuales corresponden al 3% del valor total de los bienes objeto de la herencia. (Ley 2569 de Impuestos Sobre Sucesiones y Donaciones del 4 de diciembre de 1950 y sus modificaciones).

– Luego de este pago, se procede a presentarse ante las instituciones como bancos, jurisdicción inmobiliaria, entre otros, para poder reclamar los derechos existentes sobre las cuentas de ahorro o inmuebles.

– Luego de realizar los trámites correspondientes ante estas instituciones, los herederos podran recibir lo que le corresponde a cada uno.

¿Qué tiempo se tiene para reclamar una herencia?

No hay un tiempo especifico para reclamar una herencia, pues los derechos de propiedad no prescriben, aunque, es muy importe tener en cuenta el plazo de 90 días para declarar el fallecimiento ante la DGII y liquidar los impuestos, pues cuando se agota este tiempo hay que pagar una mora que puede aumentar significativamente.

¿Qué tiempo pueden durar todos los trámites que se deben realizar para reclamar una herencia?

El tiempo es muy relativo y dependera de cada caso, pues deberan de realizarse varios procesos en varias instituciones.

¿Que pasa si la persona que quiere reclamar la herencia vive en el extranjero?

En el caso de que la o las personas que quieren reclamar la herencia vivan fuera de la República Dominicana, deberan de seguir los mismos pasos antes establecidos para proceder a reclamar la herencia a la que tienen derecho, la única diferencia es que debera de expedir un poder de representación por ante la embajada dominicana mas cercana o ante un notario público, para que dicho abogado pueda representarlo en el país.

ALGUNOS PUNTOS IMPORTANTES PARA TENER EN CUENTA A LA HORA DE RECLAMAR UNA HERENCIA SON LOS SIGUIENTES:

De acuerdo al Código Civil la sucesión inicia cuando muere la persona de quien se va a heredar (esta persona es llamada de cujus).

– Los extranjeros tienen el derecho de suceder, de disponer sobre sus bienes y de recibir de la misma manera que los dominicanos.

– Una persona está en capacidad para rechazar una herencia si así lo quiere. (artículos 774 y 775 del Código Civil).

– No pueden optar por una herencia quienes hayan sido sentenciados por asesinato o por intentar asesinar a quien le otorgaría la herencia, quien dirigiese contra el de cujus una declaración calumniosa y también aquel heredero que sabiendo la muerte violenta de su progenitor, no denunciase el crimen a la justicia. (Estas personas son consideradas indignas)

– A nadie se le puede obligar a permanecer en el estado de indivisión de bienes y siempre puede pedirse la partición, a pesar de los pactos y prohibiciones que se presenten en contrario.

– Sin embargo, se puede llegar a un acuerdo para suspender la partición durante un tiempo limitado. Este convenio no es obligatorio pasados cinco años, aunque puede renovarse.

– En caso de no aparecer ningún sucesor la herencia pasa a manos del Estado.

En caso de que presenten alguna duda sobre como reclamar una herencia en República Dominicana, o deseen una asesoría profesional adecuada respecto a este o algun otro tema relacionado, no dude en contactarnos puede escribirnos más abajo o contactarnos y con gusto le atenderemos su solicitud.

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Publicado en: Derecho Civil

Comments

One Response to “¿Cómo reclamar una herencia en República Dominicana?”

  1. joel

    A Quien pueda interesar;
    Hola! Mi nombre es Joel. Tengo una duda. Hace mas de 20 años mi padre nacional dominicano, murio. por ignorancia los hijos no nos repartimos la herencia que dejo mi padre. del mismo modo tampoco pagamos ningun impuesto por dicha herencia. Mi pregunta es la siguiente, en este monento queremos vender un terreno que nos dejo mi padre al morir. somos 12 hijos. en este caso que podria yo hacer si ya hace mas de 20 anos de su muerte y no pagamos los impuestos ?

    10 de abril del 2019 - 6:52 pm #

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