Residencia por Pensionado o Jubilado en la República Dominicana, Requisitos y Ventajas.

  • Por:Vianela Morillo
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República Dominicana es un paraíso por todas sus características, y por muchas razones es una buena opción para retirarse al país, algunas son:

  1. Su clima.
  2. Su calidez humana.
  3. Sus paradisiacas playas.
  4. Su solidez económica.
  5. La seguridad que presentan el sistema judicial y político.
  6. Y sobre todo, por los múltiples beneficios que el estado ha contemplado para extranjeros que deseen residir en República Dominicana bajo la calidad de:

A) Inversionistas.

B) Rentista.

C) Pensionado o Jubilado.

A los fines, en este artículo indicaremos todos los beneficios y ventajas que ofrece obtener una residencia por Rentista o Jubilado en República Dominicana.

Todo país; procura que quien emigre al mismo, sea con una cierta condición, para que este, no sea una carga para el estado/país, y Republica Dominicana no es la excepción, ha procurado e incentivado para que el extranjero que considere residir en República Dominicana y obtener residencia por Rentista o Jubilado en República Dominicana, y disfrutar de incentivos especiales, que está establecido en la  ¨Ley No. 171-07 sobre Incentivos Especiales a los Pensionados y Rentistas de fuente extranjera.¨

Dicha ley establece todos los incentivos o ventajas para todo aquel que disfrute de su Pensión o Jubilación en la Republica Dominicana, ¿y cuáles son?, ver abajo.

Ventajas y Beneficios.

  • El privilegio de poder aplicar a una Residencia En República Dominicana.

Una de las primeras ventajas es que esa condición de ¨Rentista o Jubilado¨, le permitirá obtener una residencia en la República Dominicana.

Y en este caso, es un privilegio, ya que; para usted obtener una residencia legal en República Dominicana, usted debe aplicar a una de las categorías que la ley establece, las cuales son:

  1. Residencias (RS) Lazos de parentela:

A)Reunificación familiar por matrimonio.

B)Dependencia directa.

2- Residencia por Inversión.

3- Residencia Pensionados, Jubilados.

4- Residencia por Rentistas.

5- Residencia de Negocio con Fines Laborales.

Es decir, con el hecho de usted desear obtener una residencia en República Dominicana, no basta, usted debe de probar que aplica a una de las categorías que la ley tiene establecida e indicadas más arriba.

Por lo cual, es un privilegio estar en la categoría de Pensionado o Jubilado, ya que esta le permitirá solicitar una residencia en República Dominicana sin mayores inconvenientes.

  • Su vigencia:

El primer carnet de residencia es emitido por un (1) año, no obstante a partir del vencimiento  y segunda (2da) renovación su vigencia será de dos (2) años.

Disfrutara de exoneraciones y exenciones:  

  • Exención de los impuestos sobre transferencias inmobiliarias, para la primera propiedad adquirida;
  • Exención del 50% de los impuestos sobre hipotecas, cuando las acreedoras sean instituciones financieras debidamente reguladas por la Ley Monetaria y Financiera;
  • Exención del 50% del Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria, cuando este aplique;
  • Exención de los impuestos que graven el pago de dividendos e intereses, generados en el país o en el extranjero;
  • Exención del 50% del Impuesto sobre Ganancia de Capital, siempre y cuando el rentista sea el accionista mayoritario de la compañía que sea sujeto del pago de este impuesto y que dicha sociedad no se dedique a las actividades comerciales o industriales.

 

  • Opción de incluir a todos sus Dependientes en la solitud:

La ley de migración Dominicana contempla que un solicitante principal pueda incluir en su solicitud a sus dependientes (Reunificación Familiar), en este Articulo aquí puede ver quienes aplican a esta categoría.

  • Opción de Obtener la Nacionalidad Dominicana por Naturalización en un corto plazo:

Nuestra Constitución, que se puede obtener la Nacionalidad por Naturalización, según ciertas condiciones y categoría migratoria que tenga el interesado, y esta no es la excepción.

Para mayor información sobre cómo obtener la nacionalidad dominicana le invito a que acceda a este aquí.

Preguntas Comunes

¿Que es un Pensionado o Jubilado en República Dominicana?

El Pensionados o Jubilados: no es más que personas extranjeras o dominicanas, beneficiarias de una renta mensual correspondiente a una Pensión o Jubilación de:

  1. Un gobierno.
  2. Organismo oficial.
  3. O empresa privada de origen extranjero, que han manifestado su intención de trasladar su residencia definitiva al país y recibir los beneficios de su pensión o retiro en la República Dominicana.

¿Qué documentos debo de presentar para demostrar que soy favorecido con una Pensión?

Deben depositar el documento financiero de la institución de donde provienen los fondos, según lo especificado en la Ley 171-07.

¿Cuál es el monto que se debe recibir por concepto de pensión o jubilación  para aplicar a la residencia por Pensión o Jubilación?

La Ley 171-07 establece como Monto Mínimo de la Pensión, a los fines de acogerse al régimen preferencial establecido, el pensionado deberá recibir un ingreso mensual no menor de mil quinientos dólares, moneda americana (US$1,500.00); o su equivalente en moneda nacional.

¿Mis dependientes aplican con este monto?

No, por cada dependiente que aplique conjuntamente con el solicitante principal, se requerirá de un ingreso mensual adicional correspondiente a la suma de doscientos cincuenta dólares americanos (US$250.00); o su equivalente en moneda nacional.

¿Existe una edad establecida para aplicar o ser elegible en esta categoría?

No, para ser elegible a este programa, al solicitante principal no se le exigirá una edad mínima, simplemente deberá cumplir con los requisitos fijados por la ley.

Procesos y pasos que seguir para obtener la residencia por Rentista o Jubilado en la Republica Dominicana

  • Solicitar Visa de Residencia por Rentista o Jubilado en el Consulado Dominicano, donde tenga Residencia Legal o su país de origen, en ese artículo podrá ver mayor información: Aquí

Inmediatamente obtenga este documento deberá viajar a Rep. Dom., e iniciar su proceso de solicitud de residencia por Rentista o Jubilado.

  • Solicitar en la Dirección General de Migración la residencia por Rentista o Jubilado.

¿Y cuáles son los requisitos para obtener la Residencia por Rentista o Jubilado en la Republica Dominicana ?

Sin ser limitativos, porque en cada caso o perfil las instituciones correspondientes pueden pedir alguna documentación adicional, serian:

  1. Pasaporte con dieciocho (18) meses mínimos de vigencia.
  2. Visa de Residencia (RS) con la cual ingresó al país, otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), a través del Consulado Dominicano en el país de origen del extranjero.
  3. Copia de la entrada por el Puesto Migratorio hacia nuestro país.
  4. Acta de Nacimiento Inextensa (que presente los datos completos de los padres del solicitante), debidamente apostillada o legalizada, según corresponda.
  5. Certificado de No Antecedentes Penales, expedido por la autoridad competente del país donde haya residido en los últimos cinco (5) años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda, y traducido al español si está en otro idioma. Esta certificación debe ser la (Las certificaciones que enuncian que para mejor información al respecto deben ser revisadas con huellas dactilares no serán recibidas por la DGM, porque no contienen información completa del extranjero).
  6. Cuatro (4) Fotografías recientes tamaño 2 x 2 de frente y Cuatro (4) de perfil derecho, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas; con el fondo blanco. Las fotografías deben ser el mismo juego completo de frente y de perfil.
  7. Póliza de Garantía contratada con la compañía de seguros debidamente autorizada por la D.G.M.)
  8. Documento que pruebe su condición de Jubilado o Pensionado o Documentos financiero de la institución de donde provienen los fondos acumulados.
  9. Pruebas bancarias, que prueben el ingreso de la pensión de que se trate.

Algo muy importante que debe de tomar en consideración e informarlo al abogado que le esté asesorando en todo el proceso, desde la solicitud de la Visa de residencia es:

  • Si tiene algún Antecedente Penal.
  • O si tiene alguna enfermedad contagiosa.

Esto podría darle pie a una denegación y/o inelegibilidad si no se trabaja de manera adecuada.

TIEMPO DE RESPUESTA:

Este proceso la ley tiene establece un tiempo de espera de cuarenta y cinco días (45) dias, no obstante, se puede tomar un tiempo más, dependerá del cumulo de trabajo de la institución, y sobre todo con la validación de toda su documentación.

Si desea una asesoría personalizada y detallada de este tema, puede contactarnos y con gusto le atenderá un Abogado Especializado en Derecho Migratorio – Extranjería Dominicano, de la Firma/Despacho de Abogados Morillo Suriel. 

 

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Publicado en: Extranjeros en República Dominicana

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