Las fundaciones realizan actividades para el bien común y el bienestar social y no tienen entre sus propósitos el obtener beneficios monetarios o lucrar a sus miembros. En República Dominicana, las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) están regidas de conformidad a la ley 122-05 con el reglamento de aplicación 40-08. Son comúnmente llamadas también:
La ley la concibe y la establece como Asociación Sin Fines de Lucro (ASFL).
En esta isla del Caribe se le otorga mucha importancia a la ASFL, porque esta puede contribuir con el desarrollo y fortalecimiento común, al favorecer la realización de objetivos de interés públicos o de beneficio para toda la sociedad.
Una fundación o asociación en República Dominicana, como en muchas partes del mundo, se concibe como un tipo de personalidad Jurídica, en donde ésta tiene un objetivo y capacidad para ejercer sus funciones. Su característica principal es el no tener ánimo o fines de lucro, pero ello no la limita a que se dedique al comercio y actividades lucrativas, siempre persiguiendo el enriquecimiento o beneficio para el cumplimiento de su fin u objetivos, no el enriquecimiento de quienes la conforman.
Al observar los requisitos podríamos pensar que es extremadamente fácil obtener la incorporación de la ASFL, y así la personalidad jurídica de ésta, sin embargo en la práctica puede tornarse un poco mas complicado.
Parte de la documentación de las ASFL, es que una vez expedida la autorización de incorporación, es les asigna un número de Registro Nacional De Contribuyentes (RNC) y con ello pueden solicitar las exoneraciones de impuestos para compra y venta de la actividad que se procure.
Puntos importantes:
Dentro de los sesenta (60) días siguientes de la solicitud.
Un aspecto importante a tomar en consideración por su importancia en el proceso, es que luego de la expedición de la autorización a la incorporación de la Asociación Sin Fines de Lucro (ASFL), el término para completar el proceso de publicidad es un (1) mes, de no hacerlo en ese plazo no será considerada una persona jurídica.
Los beneficios son muchos; pero de manera simple, entendemos que su esencia es su mayor beneficio: el realizar una contribución importante a la sociedad, impacto positivamente en la misma.
En República Dominicana existen muchísimas Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) con objetivos variados. Como indicamos al inicio, el país fomenta la creación de éstas debido al impacto positivo que realizan en la sociedad, al punto que pueden ser beneficiadas con fondos públicos (de lo cual hablaremos en un próximo articulo, al ser un tema extenso e interesante).
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