Como levantar un embargo a cuentas bancarias en República Dominicana

¿Como levantar un embargo a cuentas bancarias en República Dominicana?

  • Por:Leonela Jiménez
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El embargo a cuentas bancarias en República Dominicana se encuentra dentro de la categoría de lo que es el embargo retentivo en el cual se busca indisponer sumas de dinero o bienes pertenecientes a un deudor pero que se encuentran en manos de un tercero.

En la República Dominicana, el embargo es una herramienta utilizada por los acreedores para asegurar el pago de sus deudas, o sea en caso de que un deudor no pueda cumplir con sus obligaciones de pago, el acreedor puede solicitar que se embarguen los bienes de ese deudor para garantizar el pago, sin embargo, existen situaciones en las que estos embargos pueden ser levantados.

Una forma eficaz de solicitar el levantamiento de un embargo a las cuentas bancarias en República Dominicana es a través de un referimiento, un procedimiento judicial rápido que permite a una persona afectada por un embargo defender sus derechos y pedir la suspensión del mismo.

El referimeinto es un proceso útil cuando el embargo ha sido realizado de manera injusta o ilegal.

Diferentes formas de levantar un embargo.

1.- Acuerdo de las partes: En caso de que el acreedor y el deudor llegan a un acuerdo, el embargo puede ser levantado.

2.- Embargo realizado de manera ilegal: Si no se han cumplido con los requisitos legales para ejecutar el embargo, el embargo puede ser levantado.

3.- Pago de la deuda: Si el deudor ha saldado la deuda pendiente, puede solicitar el levantamiento del embargo.

Referimiento.

En el libro Vocabulario Jurídico, Henri Capitant define el referimiento como un procedimiento ágil y simple, usado en los casos de urgencia, cuyo propósito es obtener del presidente del tribunal civil o comercial una orden provisional que solucione temporalmente un conflicto, sin entrar en el fondo del asunto.

En base a la anterior deafinición podemos decir que el referimiento es una medida cautelar que se lleva a cabo ante un juez especial, que tiene como objetivo obtener una solución urgente y rapida a una situación que requiere atención inmediata.

En el caso de los embargos, el referimiento se utiliza para solicitar al juez que levante este embargo, ya sea por irregularidades en el proceso del embargo o porque se considera que el embargo no está justificado.

El referimiento es una herramienta bastante importante y usada hoy en dia en la República Dominicana, la cual permite tomar decisiones rápidas en casos urgentes, sin que esto afecte el juicio principal, es muy útil cuando, por ejemplo, se necesita levantar un embargo de manera inmediata.

Proceso de referimiento para levantar un embargo a cuentas bancarias en República Dominicana.

El primer paso para solicitar el levantamiento de un embargo es verificar si el proceso de embargo se ha llevado a cabo en base a las leyes establecidas.

En caso de encontrar irregularidades, como falta de justificación, notificación mal realizada, documentación incompleta o violación de los derechos del deudor, se puede proceder con el referimiento.

De acuerdo a nuestra legislación en el Artículo 102, de la Ley 834, para solicitar un referimiento, se hace una demanda mediante una citación para una audiencia en una fecha y hora ya establecidas, en esta demanda se deben de exponer las razones por las cuales considera que el embargo debe ser levantado.

Si el caso es muy urgente, el juez puede permitir que la citación se haga en cualquier momento, incluso durante días festivos, o que se entregue en la casa de la persona citada.

Una vez presentada la solicitud, se conoce una o varias audiencias para escuchar los argumentos de ambas partes.

El deudor y el acreedor tienen la oportunidad de defender sus posiciones, y el juez toma una decisión basada en las pruebas presentadas.

El juez debe asegurarse de que la parte citada tenga suficiente tiempo para prepararse antes de la audiencia. Esto garantiza el derecho de defensa.

En el caso de que el juez considere que el embargo no es procedente o se ha realizado de manera incorrecta, puede ordenar el levantamiento del embargo.

Ordenanza de Referimiento y sus efectos.

La ordenanza de referimiento es una decisión temporal que un juez emite rápidamente a petición de una de las partes.

Esto se hace en situaciones de urgencia donde el juez no está encargado del caso principal, pero tiene el poder de ordenar medidas inmediatas. Es como una medida de protección mientras se resuelve el conflicto principal.

La ordenanza de referimiento no es una decisión final sobre el tema principal, o sea no tiene la autoridad de cosa juzgada.

Ejecución de la ordenanza y Apelación.

El recurso de apelación es aquel que interpone la parte que se considera lesionada por una sentencia pronunciada en el primer grado de jurisdicción, ante un tribunal de segundo grado, en solicitud de que la sentencia contra la cual recurre sea reformada o revocada.

Las ordenanzas de referimiento pueden apelarse dentro de un plazo de quince días. Sin embargo, si la ordenanza viene del primer presidente de la corte de apelación, no se puede apelar.

La ordenanza de referimiento se puede ejecutar de manera provisional, incluso si la parte afectada decide apelar.

En algunos casos, el juez puede pedir una fianza antes de ejecutar la decisión.

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Publicado en: Derecho Civil

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