Como seguramente usted ya sepa, la marca de un producto es vital para poder identificar y hacer reconocer a una empresa en el mercado.
El registro de marcas en la República Dominicana está regido por la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial y su Reglamento de Aplicación.
La institución encargada de velar por la propiedad intelectual de una marca, producto o servicio en la República Dominicana, es la llamada Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (ONAPI).
Antes de establecer los pasos a seguir para hacer el registro de una marca, es importante dejar claro que estos dependerán del tipo de marca que se necesite y, una vez cumplidos todos los requisitos establecidos en la ONAPI, se aprueba el certificado de registro, el cual es válido por diez (10) años.
Sí la marca a registrar es DENOMINATIVA, la cual, es aquella que está compuesta por una o más palabras o combinación de letras y números, se necesitara:
Una carta dirigida a ONAPI que contenga los siguientes datos
Se deberá esperar 15 días laborables aproximadamente, para obtener la respuesta a tu solicitud.
Si la marca a registrar es FIGURATIVA (que contiene solo imágenes, dibujos, etc), MIXTA (que contiene componente denominativo y gráfico), o TRIDIMENSIONAL (cuando los productos o empaques, tengan su aspecto característico), debes proceder de la forma siguiente:
Elaborar una carta o formulario dirigido a ONAPI con los siguientes datos:
También existen las marcas COLECTIVAS (cuando hay signos que permiten distinguir el material, el modo de fabricación u otras características de los productos) y la MARCA DE CERTIFICACIÓN (productos que cumplen con requisitos definidos, sin que tengan que pertenecer a ninguna entidad), las cuales además de cumplir con los requisitos comunes a las otras solicitudes deberán anexar otros documentos (hablaremos de estas más abiertamente en otro momento).
Luego de obtener estos documentos y presentarlos mediante la aplicación requerida en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), dicha institución procede a la revisión de los documentos y verifica si existen errores de forma o de fondo.
En caso de que ONAPI encuentre algún error o alguna violación el solicitante o su representante serán notificados.
La ley establece un plazo de sesenta (60) días para “retirar, modificar o limitar” la solicitud o responder a las objeciones de ONAPI, en el caso de que el solicitante o su representante no respondan en el tiempo establecido o si su respuesta no resuelve la objeción, la aplicación será negada por ONAPI.
Corresponde a la publicación, la cual cumple con hacer oponible a terceros la marca solicitada, pues se le da a terceras personas un período de cuarenta y cinco (45) días para presentar oposiciones contra la solicitud de registro, una vez agotado este plazo, ONAPI decidirá sobre las oposiciones presentadas (si aplica).
Por último, luego de agotar todos estos pasos y en caso de que todo este correcto ONAPI, da su aprobación y el solicitante recibirá un certificado de la marca solicitada.
Comments
No Responses to “Cómo registrar una marca en República Dominicana”
No comments yet.