Un Impedimento de Entrada, no es más, que, cuando un país por puerto migratorio, le limita a un extranjero la entrada a dicho país, por diversas razones, que abajo señalaremos; y en el caso del Impedimento de entrada a la República Dominicana aplica esta misma definición, y quien actúa en ello es la Dirección General de Migración (DGM).
Este tema y situación es muy delicado, muy delicada, explicamos en detalle.
Cuando República Dominicana le impide la entrada al país, la problemática se puede tornar un poco difícil de solucionar, esto es porque interviene su país o el país que notifico y advirtió a la autoridad dominicana sobre sus Antecedentes Penales o situación Legal-Penal, si es el caso, existen otros que no son por este motivo, y se señala más abajo.
Entonces, nunca parece ser una solución fácil, dependiendo de la situación, República Dominicana puede o no considerar el Levantamiento del Impedimento de Entrada.
Existen condenas o delitos, que cada país:
Cuando se hacen estas notificaciones internacionales, siempre se toma como referencias países que ha viajado o podría viajar en un futuro, como manera preventiva y de información; cuando esto sucede es porque Usted:
“Ha sido condenado, está bajo medida probatoria o peor tiene una orden de arresto’’.
Existe la muy conocida Organización Internacional de Policía Criminal INTERPOL y es una organización intergubernamental que cuenta con 196 países miembros. Ayudan a los departamentos de policía de estos países a colaborar entre sí. Para ello, facilitan el intercambio y acceso a información sobre delitos y delincuentes.
Otro sistema internacional muy conocido y utilizado es el Sistema de Información Schengen de segunda generación (SIS II.
El Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) es un sistema de información a gran escala que almacena alertas sobre personas y objetos en relación con el control del espacio Schengen y cuya finalidad es garantizar la seguridad en dicho entorno.
La información puede ser accedida por las autoridades responsables de los controles fronterizos, aduanas, las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como las autoridades competentes para la expedición de visados.
Estados Unidos tiene varias leyes, en las que autoriza la publicación en internet de personas considerados Delincuentes, y sobre todo ofensores sexuales, ejemplo de una muy conocida es la Ley Megan, quiere decir, que es muy fácil acceder a los históricos de personas con este tipo de antecedentes.
Casos comunes reportados:
No, no necesariamente, realmente los oficiales migratorios pueden o no acceder a un reporte internacional, esto tiene algo que ver con la suerte de cada individuo, o al menos que exista una alerta orden de arresto internacional, donde todos ya lo tienen como una alerta.
IMPORTANTE:
Si lo detienen (que puede ser aleatorio), y eso se puede dar por muchas razones, como:
NO MIENTA es peor que niegue cualquier Antecedente Penal, porque eso dará pie a un IMPEDIMENTO POR MENTIR y eso es otro tema.
Existen otros motivos para que le prohíban la entrada a República Dominicana:
Dependiendo de cada caso, se podría solicitar:
En los casos Penales generalmente los sustentos que deben de ir acompañados con la solicitud de Levantamiento de Impedimento en la República Dominicana, pueden ser:
En los otros casos, que no sean Penales, el proceso es más fácil el proceso de solicitud de levantamiento.
En conclusión y definitiva:
Un caso de Impedimento de entrada en República Dominicana, es de suma delicadeza, por tanto, no es una opción, debería de ser una decisión, consultar un abogado especialista en este tenor, sea en su país o en Rep. Dom., para que pueda ser consciente y evaluar su posible solución de revertir esta situación o este informado de su situación en el futuro próximo.
Este Articulo está enfocado a causales de Denegación de Entrada partiendo de Antecedentes Penales, pero en los casos, por ejemplo, de que el extranjero tiene:
A) Nombre igual o parecido de alguien en lista negras;
B) Tiene facciones similares a alguien en lista negra o búsqueda;
C) No tiene un visado adecuado o el pasaporte con vigencia necesaria; y/o
D) El Oficial Migratorio dijo que no, amparado a su discrecionalidad y sin ninguna base para ello (si, eso sucede a veces)/
Este proceso es mucho más fácil solucionarlo, solo aplica hacer:
Ya estando en el país (en el aeropuerto), tal vez se pueda solucionar, pero tomara un poco de tiempo, ya que, se debe de proceder con varios pasos y validaciones, si le han impedido la entrada, puede hacer todo fuera del país, otorgando poder a un especialista en la materia y este lo pueda representar ante las autoridades.
Si desea más detalle, no dude en contactarnos, en nuestra firma de abogados Morillo Suriel Abogados – Attorneys At Law tenemos un división especializada en Derecho Migratorio – Extranjería, por la cual, le invitamos a que pueda contactarnos y consultarnos sobre cualquier tipo y los requisitos de ingreso a dominicana.
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