Rectificación del Acta de Matrimonio en República Dominicana

  • Por:Vianela Morillo

¿Tiene un error en su acta de matrimonio?

Lea más abajo y podrás identificar el tipo de error que presenta y las vías que tenemos en República Dominicana para rectificar o eliminar ese error, según las leyes.

Es normal que no identifiquemos que tenemos un error en el Acta de Matrimonio, lamentablemente nos damos cuenta en el momento que necesitamos hacer uso de ello, usualmente en los siguientes casos:

  • Cuando queremos solicitar visa para los EEUU o Europa y realizamos la solicitud con el esposo (a) y debemos de presentar en Acta de Matrimonio y documentos de identidad de C/U y los datos no coinciden
  • Cuando queremos someter una petición de residencia a cualquier país sea del esposo (a) o de los hijos fruto de este matrimonio
  • Cuando el esposo (a) quieren someter un perdón bajo las leyes de EEUU
  • Entre otros.

5 de los errores que más vemos en el día a día

  1. Error en las fechas de nacimiento (días mes o año) el cual no coincide con los demás documentos de identidad:
    • Acta de Nacimiento
    • Cedula
    • Pasaporte
    • Carnet de Conducir
  2. Cuando le colocan algún error en el nombre o apellido de uno de los cónyuges.
  3. Cuando colocan invertido los apellidos.
  4. Cuando cometen errores de escritura.
  5. Cuando omiten colocar un dato.

Y un sin fin de otras cosas.

Cualquier error que usted tenga en su Acta de Matrimonio, podrá conllevar la negación de cualquier proceso migratorio que aperture, sea de usted, de su esposo (a) o de sus hijos.

Todo los documentos tienen que coincidir con todas las informaciones, de lo contrario pueden considerarse hasta falsos, por ello antes de iniciar cualquier proceso verifique si toda su documentación están en orden, de no estarlo, las leyes de Republica Dominicana le habilita dos vías para que rectifique / subsane/ modifique dicho documento y esto dependiendo del error se determina la vía a realizarse, el cual tenemos dos:

  1. Administrativa
  2. Judicial

Rectificación Administrativa de Acta de Matrimonio

Esto es un proceso puramente administrativo, determinaran si este error se puede corregir de manera administrativa y proceder o de lo contrario la respuesta será que debe ser mediante el Tribunal Superior Electoral (TSS).

Cuando aplica:

Cuando sean errores materiales:
Por escritura u omisión y
Que no tenga un carácter Judicial.

Ejemplos:

El acta de Nacimiento del Sr., indica que su nombre  Manuel De Jesús  nació el 15 de Enero del 1978 y en el acta de matrimonio por error se colocó 197.

Quien conoce y que debe de indica la solicitud:

Instancia explicando el error material que existe en el acta de Matrimonio dirigida a director (a) de la Oficialía del Estado Civil.

Documentos necesarios:

  • Original Acta de Matrimonio
  • Original Acta de Nacimiento
  • Copia de Cedula (si aplica)
  • Poder de Representación (si aplica)
  • Entre otras cosas que se determinan por el tipo de error material

Tiempo de respuesta:

3 a 4 meses.

Resultado  / Decisión :

Resolución instruyendo al oficialía competente a proceder con la corrección o argumento de él porque no se puede realizar administrativamente.

Rectificación Judicial de Acta de Matrimonio

Cuando aplica:

Cuando tiene carácter judicial, en ella se ha variado un dato o cometido un error, que afecta:

  • El nombre o apellido de uno de los conjugues
  • Fecha de nacimiento de uno de estos
  • Nº de Documento de identidad de estos
  • Sexo
  • Lugar de nacimiento
  • entre otros.

Ejemplo:

La fecha de Nacimiento de María es 15 de Enero del 1975, sin embargo en su acta de matrimonio indica 15 de enero del 1974

Quien conoce la solicitud:

El tribunal Superior electoral (TSE).

rectificacion acta matrimonio tribunal superior electoral

Requisitos / Documentos Necesarios:

  • Instancia clara y precisa de Abogado
  • Acta(s) de nacimiento original, inextensa y legalizada del afectado y otros relacionados
  • Copia de la cédula (derecho y reverso) del solicitante y/o afectado u otros relacionados
  • Certificado de nacido vivo (Hospital o Clínica donde nació) del afectado. En su ausencia certificado u otros relacionados
  • Acta de Matrimonio original, inextensa y legalizada que se pretende rectificar
  • Cualquier documento oficial que avale la petición hecha.

Tiempo de respuesta:

De 8 a 12 meses, dependerá del cumulo del trabajo del tribunal.

Resultado  / Decisión :

Sentencia consintiendo la rectificación correspondiente, luego se deberá solicitar la aprobación de la Junta Central Electoral, para que esta emita un oficio autorizando a la Oficialía Civil correspondiente la corrección del Acta que se trate, para que de este modo, ésta pueda emitir una nueva acta conteniendo las correcciones de lugar.

 

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Publicado en: Derecho Civil, Rectificación Actas