En nuestra Firma de Abogados tenemos una División especializada en Derecho de Niño Niña y Adolescentes, por consiguiente, estamos preparado para representarle en un proceso de Demanda en Reconocimiento de menor.
Las demandas en Reconocimiento de Paternidad, pueden ser sometidas por:
- La madre del menor, en caso de ser menor.
- El reclamante del Reconocimiento, en caso de ser mayor de edad.
- El padre biológico.
- Entre otras personas, dependiendo la situación.
REQUISITOS GENERALES
1. Acta de nacimiento del menor y/o adulto a reconocer.
2. Dirección física del menor y/o adulto a reconocer
3. Copia de documento de Identidad del Demandante.
4. Domicilio del Demandante.
5. Domicilio del Demandado.
Tarifa de servicios
- Dependerá del tipo servicio requerido y característica de este.
- Como también la fase del servicio