El Divorcio al Vapor en República Dominicana es uno de los temas que mas interes despierta en los clientes extranjeros que acuden a nuestra firma en busqueda de soluciones legales. Por eso en este articulo hablaremos del tema y proporcionaremos informacion tanto sobre las ventajas como el procedimiento a seguir para lograrlo.
La República Dominicana es un país de gran belleza y contrastes, en donde existen muchos aspectos y situaciones que pueden ser interesantes para los extranjeros, como por ejemplo:
Entre las múltiples ventajas y facilidades que puede tener un extranjero en este país, vale la pena mencionar el Divorcio al Vapor, una figura o procedimiento extremadamente útil para aquellos esposos que desean separarse legalmente, sobre todo por su facilidad, rapidez y economía.
El Divorcio al Vapor es un procedimiento establecido en la legislación legal dominicana y es muy buscado por extranjeros, tanto por los que se encuentran en el país como por los que no, así como por dominicanos.
La Ley No. 142 del 4 de junio del 1971, es la que trata este tipo de divorcio (así como otros). Dicha ley ha permanecido sin variantes respecto del Divorcio al Vapor; con excepción de la Ley 544-14, que trae una novedad sobre la materia, por lo cual se podrían interpretar ciertos cambios. Sin embargo, al no modificar o derogar la ley misma, somos de la corriente que entiende que el procedimiento del Divorcio al Vapor permanece igual.
Este proceso es en esencia y procesalmente, bastante parecido al Divorcio por Mutuo Consentimiento dominicano, pero se verifican algunas diferencias importantes con relación a este último procedimiento; la más relevante, es el hecho de que para su celebración no se exigen algunas formalidades que sí son exigidas a los dominicanos al divorciarse por mutuo consentimiento, como por ejemplo:
El Divorcio al Vapor se instituyó en la República Dominicana para brindar soluciones satisfactorias y ágiles, sobre todo para que aquellas personas que contrajeron matrimonio en otras naciones, pudiendo obtener una sentencia de divorcio en la República Dominicana en un tiempo sumamente corto.
El Divorcio a Vapor puede ser realizado por:
Para optar por este tipo de divorcio solo se requiere:
Antes de iniciar el procedimiento de divorcio es imprescindible tener a mano los siguientes documentos:
Es muy importante procurar que todos y cada uno de los documentos propios del divorcio que se pretenden hacer valer, estén debidamente:
El poder que se le otorga al abogado –al igual que el acuerdo de separación–, es de suma importancia, por lo que su redacción deberá de contener ciertas autorizaciones, las cuales son vitales para el proceso.
Así, el poder que se le otorga al abogado, debe contener:
El proceso para un Divorcio al Vapor se constituye, de manera general, en los siguientes pasos:
En este acuerdo deberá constar diversas circunstancias tales como:
2. Es importante tener en cuenta, pues es de vital importancia, que en este mismo acto de separación se debe atribuir competencia a un Juez de Primera Instancia de la República Dominicana.
3. Una vez se redacte este documento y se le de atribución a los Tribunales de la República Dominicana para conocer del divorcio, se inician los trámites para el proceso de la audiencia.
4. Luego de autorizada la demanda, la fecha de la audiencia es fijada por el tribunal civil en aproximadamente 3 días luego de recibidos todos los documentos legalizados.
5. Para la audiencia solo es necesario que, por lo menos uno de los cónyuges, esté presente en dicha audiencia, por lo que el cónyuge que no se encuentre presente deberá de dar poder a su representante legal, y por otro lado, el cónyuge que comparezca a la audiencia deberá presentar al tribunal apoderado de un documento de identidad, el mismo día de la audiencia.
6. Una vez termine la audiencia el Tribunal dicta la sentencia de divorcio e inmediatamente deberá de ser transcrita en la Oficina del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas correspondiente.
7. Luego de transcrita la sentencia se pronunciará el divorcio por cualquier Oficial del Estado Civil de la Jurisdicción del Tribunal que conoció el proceso.
8. Para la transcripción es necesario la presentación de una copia certificada de la sentencia, previamente transcrita en el Registro Civil, y el dispositivo de la misma se publicará en un periódico de circulación nacional.
9. Para que dicha sentencia de divorcio tenga validez en el extranjero deberá ser legalizada en la Procuraduría General de la República así como en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, y finalmente en la embajada o consulado correspondiente al país en donde se quiere hacer valer dicho divorcio.