desalojo por falta de pago

Proceso de desalojo de un inquilino por falta de pago

  • Por:Vianela Morillo
  • 0 Comment

Hoy hablamos del desalojo por falta de pago ya que son muchas las consultas que llegan a nuestra firma, de dueños de propiedades con inquilinos que tienen meses, y hasta años que no pagan sus alquileres, y a pesar de que han hecho todo lo posible por recuperar su inmueble mediante el diálogo, dichos inquilinos no lo hacen.

Por lo general los inquilinos dan razones de tipo económicas como que no tienen recursos, lo cual es entendible, pero no hacen lo propio que en este caso sería entregar la vivienda.

Muchos propietarios no acuden a la justicia en estos casos, por el costo en abogados, además del tiempo que puede durar en justicia un litigio de este tipo.

En esta entrega vamos a responder algunas preguntas que nos hacen nuestros clientes a través de las redes sociales.

¿Cual es el tribunal que conoce de las demandas en desalojo por falta de pago?

En la República Dominicana, las demandas en desalojo se conocen por ante los Juzgados de Paz competentes, lo cual dependerá, del lugar donde se encuentra el inmueble, esta jurisdicción es competente siempre que no exista disputa sobre el contrato de alquiler.

¿Que pasa si luego de iniciada la demanda el inquilino me quiere pagar lo adeudado?

Si luego de iniciada la demanda, el inquilino quiere realizar el pago, pero el propietario no quiere ya recibir el pago y se niega a recibirlo, pues quiere desalojar al inquilino, la Ley ha establecido que el inquilino puede acogerse al procedimiento de las Ofertas Reales de Pago seguidas en consignación, o depositar dichos alquileres en el Banco Agrícola, a favor del propietario que se niega o no puede recibirlos. Ahora es importante recalcar que el primer paso del propietario en una demanda en desalojo por falta de pago es procurarse una Certificación del Banco Agrícola, donde se haga constar si el inquilino ha depositado allí las sumas adeudadas al propietario.

¿Que documentos necesito para demandar el desalojo por falta de pago?

Además de la demanda, que redactara el abogado apoderado del caso, se deberá de acompañar la demanda con: Certificación de depósito de alquileres, certificación de no pago de alquileres, contrato de alquiler, y además todos los documentos para probar la calidad de propietario como: título de propiedad, si corresponde, el cintillo catastral, certificación de estado jurídico de inmueble, el recibo del pago del impuesto a la vivienda suntuaria, etc.

¿Luego de iniciada la demanda, puede el Inquilino liberarse del proceso perseguido en contra suya, por falta de pago?

De acuerdo al Decreto 4807, el pago de los alquileres vencidos se puede realizar mediante la consignación hecha en el Banco Agrícola por el inquilino.

Realizada dicha consignación, en el Banco Agrícola de la República Dominicana, el inquilino, deberá de notificar al propietario que ha sido depositado el dinero y que puede ir a procurar el dinero si está disponible.

Además de acuerdo a los artículos 12 y 13 del Decreto 4807 de 1959, el inquilino demandado en desalojo por falta de pago podrá liberarse pagando el total de los alquileres y gastos adeudados al propietario, en la audiencia en que se conoce su demanda.

¿Que significa depositar por ante el Banco Agrícola, que es lo que se deposita?

El propietario del inmueble, debe de depositar en el Banco Agrícola de la República Dominicana, los “depósitos” que haya hecho el inquilino a su favor, a la hora de firmar el contrato de alquiler. Dichos depósitos se depositan junto al original del contrato de alquiler, y se depositan a favor del propietario, quien en caso de no pago simplemente los retirara.

El Banco Agrícola emite entonces a favor del propietario, un certificado de depósito, el cual es el documento con el cual dicho propietario retirara el dinero depositado.

¿En la demanda por desalojo, solo se pide el desalojo? No puedo cobrar los alquileres adeudados, los pierdo?

Si, puede cobrarlos, pues en las demandas por desalojo, el propietario persigue la expulsión del inquilino de su propiedad, por falta de cumplimiento de su obligación de pago de los alquileres, pero también, la condenación al pago de los alquileres adeudados, así como la rescisión del contrato de alquiler, y si es el caso incluso, responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados.

En nuestra firma de abogados Morillo Suriel Abogados – Attorneys at Law, tenemos una división especializada en Derecho Inmobiliario y Turismo en la República Dominicana, por la cual podemos asistirle con cualquier duda o consulta que requiera referente en temas Inmobiliarios o de Turismo en toda la  República Dominicana, nuestros abogados están disponibles para asistirle en cualquier parte que se encuentre en Santo Domingo Rep. Dom., y el mundo. 

Estamos disponibles

MANTÉNGASE EN CONTACTO

Publicado en: Derecho Inmobiliario

Comments

No Responses to “Proceso de desalojo de un inquilino por falta de pago”

No comments yet.

Deja una respuesta